Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 546 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 4 de julio de 2018 por el abogado Junior Antonio Rondón, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 28 de junio de 2018, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el que declaró inadmisible la demanda de divorcio.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de fecha 28 de junio de 2018 dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsit.....