DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por los abogados José Araujo Parra y Patricia Araujo Vargas, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.802 y 111.420, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil UNISEGUROS, S.A., en contra del auto de fecha 22 de abril de 2024, proferido por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, denegatorio del recurso de apelación ejercido el cual queda REVOCADO.
Segundo: Se ORDENA al Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsi.....