Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
Con lugar, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, en atención a la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, No. 693/15, de fecha 02 de junio del 2015, presentada en Jornada Tribunal Móvil por los ciudadanos CARLOS ALBERTO ARRIETA BELLIDO y MARIA GREGORIA UTRILLAS RIVAS, titulares de las cedulas de identidad No. V- 12.406.806 y V- 9.750.458, respectivamente, en consecuencia, se disuelve en divorcio, el vinculo matrimonial que contrajeron en fecha Cinco (05) de junio de 1999, por ante el Jefe Civil y secretario respectivamente, de la Parroquia Cristo de Aranza Municipio Maracaibo del estado Zulia, acta de matrimonio No. 178, d.....