PRIMERO: Se declara SIN LUGAR las apelaciones interpuestas en fechas: 21 y 25 de junio de 2007, por la representación judicial de la parte demandada, contra los autos dictados en fechas: 20 y 21 del referido mes y año, por el Juzgado Segundo de Primera en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, SE CONFIRMA en todos y cada uno de sus términos los referidos autos de fechas: 20/06/2007 y 21/06/2007; los cuales cursan en copia fotostática debidamente certificada a los folios 24 y 26, del presente expediente de apelación.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas del recurso de apelación a la parte apelante.