DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE el recurso de apelación ejercido por el ciudadano Pablo Paolillo, titular de la cédula de identidad Nº 11.737.343, en su carácter de representante legal de la sociedad de comercio AUTOASIA, C.A., debidamente asistido por el abogado Sebastiano Valvo, contra el acta de fecha 17 de noviembre de 2009 levantada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Dada la naturaleza de la presente acción no hay condena en costas