Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por el abogado EDUARDO CAPOTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 95.611, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MIGUEL DE JESUS PEÑA B, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-11.228.832, contra EL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS; y en consecuencia:
PRIMERO: DECLARA la nulidad del acto de destitución contenido en la Decisión No. 212, de fecha cinco (5) de mayo de 2009, dictado por el Consejo Disciplinario del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, que acordó la destitución del ciudadano Miguel de Jesús Peña, titular de la Cédula de Id.....