declara: PRIMERO Se admite el recurso de nulidad propuesto por la parte accionante, y en consecuencia, se ordenan las notificaciones de ley. SEGUNDO IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado por el abogado Omar Cárdenas Hernández abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 45.361, en su condición de apoderado judicial del la ciudadana Mayerlin Noguera, contra contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 0530-2010 de fecha 11 de junio de 2010, emanada de la Inspectoría Del Trabajo Pedro Ortega Díaz ¿ Caracas Sur, cursante en el Expediente Administrativo N° 079-2010-01-00420, mediante la cual declaró Sin Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos presentada por la ciudadana Mayerlin Noguera, titular de la Cedula de Identidad Nº V-17.498.001, contra el Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte (I.N.S.E.T.R.A).