en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente ACUERDO y le da el carácter de cosa Juzgada, verificándose en este acto el pago del monto antes mencionando, quedando pendiente lo referente a la Ley del Seguro Social y su Reglamento, y Ley de Vivienda y Habitad o aporte de ahorro Habitacional, por lo que una vez conste en auto dichos pagos, se procederá al cierre y archivo del expediente, así como su remisión al archivo Judicial en la oportunidad correspondiente. Es todo.
El Juez,
Abg. Rafael Ignacio Gainze
EL BENEFICIARIO,
Jonathan Jose Frey García
LA ABOGADA ASISTENTE DEL BENEFICIARIO
Abg. Sara M. Vargas A.
EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA CONSIGNANTE,
Edgar Rolando Moreno
LA ABOGADA ASISTENTE DE LA EMPRESA CONSIGNANTE,
Abg. Juvilmar Liseth Gutiérrez
La Secretaria,
Abg. Ana Gabriela Colmenares Lozada