La evacuación de las pruebas promovidas se realizará de la siguiente manera:
1.-DOCUMENTALES: Se reproduce el valor probatorio de los documentos presentados anexos al escrito recursivo e identificados en el Capítulo I.
Líbrese Boleta de Notificación al ciudadano Procurador General de la República, una vez que la promovente consigne un (01) juego de copias fotostáticas del referido escrito de promoción de pruebas, sus anexos y de la presente decisión para ser remitida debidamente certificada.-