En consecuencia este Juzgado del Municipio Morán de la Circunscripcion Judicial del Estado Lara DECLARA CON LUGAR, la presente demanda y condena al pago de las siguientes cantidades: Tomando como referencia el salario diario de 5.280 Bolivares e ingresando el 17 de abril del 2002, siendo despedido el 05 de agosto del 2.002, periodo de inamovilidad laboral, 15 días de antiguedad de conformidad con el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo por bolívares 79.200,oo, 10 días de indemnización de conformidad con el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo en razón de 5.280,oo bolívares para un total de bolívares 52.800,oo, 15 días de preaviso por bolívares 79.200,oo; 5,73 días de vacaciones fraccionadas en razón de 30.254,40 bolívares; 3,75 días en razón de 19.800,oo bolivares dando un total de bolívares DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 261.254,40). Se ordena el calculo de la indexación mediante un experto contable y los i.....