Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados IRMA BONTES CALDERON y CARLOS AUGUSTO LOPEZ DAMIANI, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 50.082 y 75.216 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil "TROPIGAS S.A.C.A.", inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 4 de noviembre de 1995, bajo el número 3, Tomo 12-B, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 188-04, dictada en fecha 20 de enero de 2004, por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital del Municipio Libertador que declaró .....