III
DISPOSITIVO
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso de Hecho, ejercido por la ciudadana Erika L. Caraballo Valera, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Inversiones Plaza Games D.D., C.A, contra el auto dictado en fecha 02 de diciembre de 2013, que negó la apelación de la decisión de fecha 30 de octubre de 2013, proferido por el Juzgado Decimo octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Déjese Copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias de este Tribunal, y remítase en su oportunidad legal al Tribunal de origen.