Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1. SIN LUGAR la suspensión de efectos del acto administrativo solicitada de conformidad con el artículo 263 del Código Orgánico Tributario el abogado Jhojan Arias, titular de la cedula de identidad n° V-17.450.983, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 184.376, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MARCO ANTONIO RODRIGUEZ VASQUEZ, con domicilio procesal Calle 7, residencias Valle Arriba, torre B, piso 15, Apto. 15-1, Mañongo, Naguanagua, estado Carabobo, contra la decisión administrativa n° SNAT/INA/GAP/APLPP/AAJ/M/2013/115 del 25 de septiembre de 201, emanada de la Gerencia de la Aduana Principal las Piedras Paraguaná del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).