´En consecuencia, se ordena oficiar lo conducente al Tribunal Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial  del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese oficio a la autoridad respectiva y anéxese a la misma copia certificada de la presente decisión, previa consignación de los fotostátos respectivos por la parte interesada. Así se decide.-    
             No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE.- 
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Los Cortijos de Lourdes, a los  15    días del mes de enero de Dos Mil veinticuatro (2024). 213° Años de Independencia y 164° Años de Federación.- 
LA JUEZ   
Abg. ANGELA MARCANO CALI
EL SECRETARIO ACC.,
JHON RENGIFO.
AMC/JR/Rosme.
	Asiento N°:
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