´Por todo lo expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana IRMA CRISALIDA OCHOA VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.065.676, asistida por la abogada MARIA MARTINA SALAS B, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 161.084. SEGUNDO: SE ORDENA a la Oficina de Registro Civil del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, y al Registro Principal del Estado Carabobo, estampar la respectiva nota marginal en el Acta que corre inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos de la Parroquia Güigüe, anotada bajo el Nº 584, Tomo II del año 1963, de la siguiente manera: En donde se le.....