Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ROSA MARINA QUINTERO CASTRO, inscrita en el IPSA bajo el número 53.350, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 14 de febrero de 2024, emanada del Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se Confirma el Fallo apelado. TERCERO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.