Se declaró CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Contribuyente DESARROLLO NAUTICO 21 21, C.A, en virtud de que considera este Tribunal que la Resolución recurrida está viciada de nulidad, por incurrir en el vicio de ausencia total y absoluta del procedimiento legalmente previsto; en consecuencia, se anulan los actos administrativos recurridos.