DECISIÓN
Por las razones y consideraciones que anteceden, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción constitucional, por faltar un requisito impretermitible para dar curso a esta pretensión impugnatoria en sede constitucional. 
No hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia. 
Notifíquese a la parte de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito Y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los quince (15) días del mes de febrero de dos mil once (2011).
EL JUEZ, 
LUIS TOMAS LEON SANDOVAL
EL SECRETARIO,
MUNIR SOUKI
LTLS/MS/jjpm
Asunto Nº AP11-O-2011-000023
	En esta misma fecha, siendo las 3:00 PM.....