este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República, por Autoridad de la Ley DECRETA la CESACIÓN de la medida de AMONESTACIÓN, impuesta al sancionado: "OMISSIS", antes identificado, por la comisión del delito de: APROVECHAMIENTO DE COSA PROVINIENTES DEL DELITO, tipificado en el artículo 413, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: BRICCIO JOSÉ AMUNDARAIN VASQUEZ , de conformidad con lo establecido en los artículos 645, 646 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Notificadas como han sido las partes presentes en la Audiencia, de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la Notificación de la víctima y por cuanto no existen otras actuaciones que realizar se da por terminado el presente asunto, ordenándose su remisión al archivo judicial. Líbrese lo ordenado. "Cúmplase".
El .....