este Tribunal de Ejecuciòn de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA Ratificar la medida de Privación de libertad hasta tanto el equipo técnico presente un informe vigente y con un porcentaje adecuado para fijar la respectiva audiencia de revisión de medida. Ahora bien tomando en cuenta lo señalado por el representante del MP. Respecto al lento, pero progresivo, avance en dicho centro a los fines que el porcentaje aumente, se acuerda notificar para una nueva oportunidad. Se insta a la Psicologo Licencida Ana Rodriguez para q ue evalue semanalmente al sancionado., a fin de que en el lapso de tres a cuatro meses prewsnete un informe, para efectos de la revisión. Es todo.