Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES DE EJECUCION, SECCION ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 646 y 647, literal e) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, SUSTITUYE la medida de privación de libertad que cumple en el centro penitenciario de los Llanos Centro occidentales, ubicado en esta ciudad de Guanare, el joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA),por las medidas de libertad asistida, a cumplir ante el equipo multidisciplinario adscrito a los servicios auxiliares del Poder Judicial en la Ciudad de Acarigua y la medida de Reglas de conducta, con las obligaciones y prohibiciones dictadas en la parte motiva de esta sentencia, a cumplir de manera simultanea por el tiempo que le falta por cumplir siendo este 8 meses y 20 días, teniendo como fec.....