Primero: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 04 de junio de 2009, la cual queda confirmada. Segundo: Sin lugar la demanda incoada por REINALDO PEREZ PUERTAS, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 3.458.650, por reclamación de diferencia de prestaciones sociales; contra el CENTRO SIMON BOLIVAR, C.A., sociedad mercantil, de este domicilio, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura, según Decreto N° 5.103 del 28 de diciembre de 2006, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.836, del 08 de enero de 2007, que funciona como una compañía anónima, inscrita por ante el Registro de Comercio que se llevaba ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 11 de enero de 1947, bajo el N°159, tomo 1-C, publicado en la Gaceta Municipal del Go.....