DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, la Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho HÉCTOR ENRIQUE PINTO ELMIGER, en su condición de defensor del ciudadano HÉCTOR ENRIQUE PÉREZ OZUNA, quien recurre conforme lo dispuesto en el artículo 447.4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la dedición dictada el 28 de noviembre de 2011, por el Juzgado Duodécimo (12º) de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad en contra del imputado HÉCTOR ENRIQUE PÉREZ OZUNA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el num.....