Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 15/03/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2009-002710 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2011
Procedimiento:
Resolucion De Contrato Con Reserva De Dominio
Partes:
GMAC DE VENEZUELA, C.A. VS OSCAR DARIO OCHOA
Resumen:
Así se tiene que dentro de esas obligaciones se encuentra la provisión de las reproducciones fotostáticas necesarias para librar la compulsa, indicar al Alguacil que corresponda la dirección o domicilio donde debe practicarse la citación de la parte demandada, así como suministrar las expensas suficientes y necesarias para la práctica de la citación personal de la parte demandada, según sentencia dictada por la Sala de Casación Civil, de fecha 6 de Julio de 2.004, con ponencia del Magistrado CARLOS OBERTO VÉLEZ; debiendo cumplirse dichas obligaciones dentro del preclusivo plazo de treinta (30) días continuos contados a partir de la fecha de admisión de la demanda; tales obligaciones han sido creadas con el fin de garantizar la aplicación del principio de celeridad procesal, todo lo cual obliga a la parte demandante a ejercer debidamente sus funciones procesales, toda vez que fue precisamente esa parte la que activó, mediante la introducción de su libelo de demanda, al Órgano Jurisdicci.....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-V-2010-002862 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2011
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
JIMMY SOLORZANO VS JESÚS MARCANO
Resumen:
Del análisis procedimental, realizado anteriormente se observa que este Juzgado admitió la presente demanda, mediante auto de fecha 27 de Julio de 2.010, siendo que el demandante no canceló los emolumentos en el tiempo acordado por ley; todo lo cual hace que el presente caso de marras se subsuma plenamente en el supuesto de hecho previsto en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, ut supra transcrito, ya que el demandante no dio cumplimiento a las obligaciones que le impone la Ley para impulsar la citación de la parte demandada dentro del preclusivo lapso de treinta (30) días siguientes a la admisión de la demanda, sin que sirviera para interrumpir la perención prevista en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECIDE. III Con fuerza en todos los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en sede civil, admin.....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-V-2010-002864 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2011
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato De Arrendamiento
Partes:
MARÍA G. TRANFA VS EXCEL SERVICIOS LOGGISTICOS, C.A.
Resumen:
Así se tiene que dentro de esas obligaciones se encuentra la provisión de las reproducciones fotostáticas necesarias para librar la compulsa, indicar al Alguacil que corresponda la dirección o domicilio donde debe practicarse la citación de la parte demandada, así como suministrar las expensas suficientes y necesarias para la práctica de la citación personal de la parte demandada, según sentencia dictada por la Sala de Casación Civil, de fecha 6 de Julio de 2.004, con ponencia del Magistrado CARLOS OBERTO VÉLEZ; debiendo cumplirse dichas obligaciones dentro del preclusivo plazo de treinta (30) días continuos contados a partir de la fecha de admisión de la demanda; tales obligaciones han sido creadas con el fin de garantizar la aplicación del principio de celeridad procesal, todo lo cual obliga a la parte demandante a ejercer debidamente sus funciones procesales, toda vez que fue precisamente esa parte la que activó, mediante la introducción de su libelo de demanda, al Órgano Jurisdicci.....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
arriba

N° Expediente : V-2348-06 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2011
Procedimiento:
Indemnización Daños Y Perjuicios Morales
Partes:
GRACIELA RAMOS VS PEDRO URBINA VILORIA Y OTRO
Resumen:
Aplicando la norma parcialmente transcrita al presente caso se evidencia que desde el 23 de Noviembre de 2.006 al 23 de Noviembre de 2.007 transcurrió sobradamente el lapso de un (1) año a que se refiere el artículo in comento, situación esta que hace forzoso para esta juzgadora declarar de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 269 eiusdem, que se ha verificado la perención de la instancia en fecha 23 de Noviebre de 2.007, y en consecuencia la extinción del presente proceso. Así se decide. Por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Bancaria, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en consecuencia la extinción del proceso que por INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS que intentó GRACIELA RAMOS DE LEON contra PEDRO URBINA VILORIA Y JUAN JOSE MENDEZ, . No hay condenat.....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-M-2010-000643 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2011
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
PREVICIÓN 357, C.A. VS UPS, SCS (VENEZUELA)
Resumen:
Del análisis procedimental, realizado anteriormente se observa que este Juzgado admitió la presente demanda y se instó a la parte actora a que consignara las copias simples para la elaboración de la compulsa, mediante auto de fecha 22 de Noviembre de 2010; siendo que el demandante no consigno los fotostatos necesarios ni consignó los emolumentos necesarios para la práctica de la citación, todo lo cual hace que el presente caso de marras se subsuma plenamente en el supuesto de hecho previsto en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, ut supra transcrito, ya que el demandante no dio cumplimiento a las obligaciones que le impone la Ley para impulsar la citación de la parte demandada dentro del preclusivo lapso de treinta (30) días siguientes a la admisión de la demanda, sin que sirviera para interrumpir la perención prevista en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECIDE. III Con fuerza en todos los razonamientos precedentem.....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados