´III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242, 243, 585, 588 y el ordinal 7º del 599, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el literal "i" del artículo 41 del Decreto Nº 929 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario de Uso Comercial, Decreta:
PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR DE SECUESTRO PREVENTIVO sobre el bien inmueble propiedad de la parte actora ciudadano VICENTE AMÉRICO GAROFALO TERÁN, constituido por un inmueble destinado a comercio, Sin número, contiguo al local comercial A, ubicado en frente a la Calle Bolívar, edificio Grano de Oro, situado .....