Es por lo que esta Sala especial de la Corte de Apelaciones con competencia para conocer en materia antiterrorista a nivel nacional,. Actuando en sede constitucional, dando estricto cumplimiento a la imperativa obligación de salvaguardar el debido proceso y el derecho a la defensa de quienes hayan sido parte en la causa identificadas por el solicitante como N° 6C-5742-05. y justamente a los fines de determinar con rigurosa objetividad quienes ostentan tal condición de partes en la precitada causa que dio origen a la presente acción de amparo constitucional, según los términos de la contestación del Despacho Saneador; ACUERDA :
PRIMERO: ORDENAR al Juzgado Sexto (6°) de control se sirva remitir a este Despacho judicial, la totalidad de las actuaciones originales que conforman integramente y en su totalidad la causa correspondiente al expediente signado bajo el N° 6C-5742-05 . solicitud que conforme a la naturaleza y celeridad de la acción extraordinaria de amparo constitucional, se l.....