En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUÍN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Acción de DESALOJO, intentada por el ciudadano CASTOR OSWALDO ZAIDMAN MARTINEZ contra el ciudadano RAUL SILVESTRE TOVAR GALINDEZ, ambas partes plenamente identificadas en autos.
En consecuencia, se le concede un plazo improrrogable de seis (6) meses, a partir de la presente fecha, para que la parte demandada haga entrega del inmueble arrendado totalmente desocupado de bienes y personas, de conformidad con lo establecido en el artículo 34, parágrafo Primero de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario, y solvente de todo servicio público, y pagar los cánones se generen hasta la fecha de la entrega definitiva.
Se condena en costa a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida en el presente procedimiento, de conformidad con lo.....