este Tribunal en consecuencia provee conforme a lo solicitado, en consecuencia se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha 15 de Junio de 2010, que recayera sobre un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N° 3-4, situado al sur de la tercera planta de la torre B del Conjunto Residencial EL GUAYABAL, identificado con el N° 42ª-109, ubicado en la calle 99B (antes 97ª) en la parte posterior de la Urbanización El Guayabal, segunda etapa, en el sector antiguo partido rural de Sabaneta Larga, en Jurisdicción de la Parroquia Cecilio Aosta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, con cédula catastral N° 06-11586: Dicho inmueble posee una superficie de CIENTO OCHO METROS CUADRADOS (108 Mts2), y consta de las siguientes dependencias: tres (03) dormitorios, un ambiente de recibo, sala-comedor, cocina, lavadero y dos (02) salas sanitarias. Sus linderos son: NORTE: 9 mts con zona de ventilación; SUR: 8,50 Mts con fachada sur de.....