DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la conmutación del resto de la pena en Confinamiento a IVÁN LEAL SUÁREZ, por el lapso de pena que le queda por cumplir, aumentada en una Tercera parte, que sería por UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y SEIS (06) DIAS, es decir hasta el día 21/03/2016 debiéndolo cumplir en la dirección siguiente:
Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, pues el mismo dista a más de Cien Kilómetros del lugar donde se cometió el Delito; Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación dirigida al Director del Centro Penitenciario Sargento David Viloria con copia de la presente Decisión y oficio al Prefecto de la igualmente Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, a la Defensa y al P.....