En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Parcialmente con lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado 30° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11 de abril de 2007. Segundo: Se anula la decisión recurrida, de fecha 11.04.2007, y se repone la presente causa por razones de orden público procesal, vinculadas con el debido proceso y derecho a la defensa, y con la administración de justicia responsable, el presente asunto al estado que el Juez Trigésimo de Primera Instancia, de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito J.....