Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara:
1. NO ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, para conocer de la demanda por Indemnización de Daño Moral, interpuesta por la ciudadana NELLY COROMOTO VARGAS CHÁVEZ, titular de la cédula de identidad V- Nº 10.737.905, asistida por los abogados ALIDA CASTILLO A. y GUSTAVO A. CAMPOS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 30.800 y 30.875, respectivamente, contra la "CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC)".
2. PLANTEA conflicto negativo de competencia ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
3. SE ORDENA remitir el presente expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.