En razón de las consideraciones de hecho y de Derecho expresadas, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la: 1) EXTINCIÓN DE LA SANCIÓN, por muerte del sancionado de conformidad con el artículo 49 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 103 del Código Penal y en consecuencia la 2) CESACIÓN DE LA SANCIÓN, con fundamento en lo establecido en el artículo 647 literal "H" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en la presente causa, seguida al ciudadano XXXXXXXXXXX, quien cumplía libertad asistida y reglas de conducta por dos (02) años de privación de libertad, HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACCIÓN, en perjuicio del ciudadano XXXXXXXXXX y ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 460 del Código Penal vigente para el momento de l.....