Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento incoado por la entidad de trabajo C.A GALLETERA CARABOBO, contra la Providencia Administrativa Nº 0078-2017, de fecha 23 de mayo de 2017, notificada en fecha 07 de julio de 2017, contra el Acta de Cumplimiento, de fecha 07 de julio de 2017, así como también contra el Acta de Ejecución de Reenganche de fecha 09 de mayo de 2017 emitida por la Inspectoría del Trabajo "Arturo Michelena", de los Municipios Valencia Parroquias El Socorro, Santa Rosa, La Candelaria, Miguel Peña, Libertador, Bejuma, Montalbán, Miranda y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, contenidas en el expediente Nº 080-2016-01-08119.
SEGUNDO: Se le otorga al presente desistimiento caráct.....