DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO TRIGÉSIMO TERCERO (33º) DE PRIMERA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la impugnación de la experticia complementaria del fallo presentada por el Experto Contable Lic. Moisés Rondón, interpuesta por las parte Demandante; en el juicio seguido por el ciudadano MIGUEL JERONIMO MEDINA., titular de la cédula de identidad No. V-1.589.224., contra la empresa "ADMINISTRADORA CLARASOL, C.A., por Diferencia de Prestaciones Sociales, por las fundamentaciones expresadas en la parte motiva de este fallo.
LA JUEZ
ABG CARMEN BEATRIZ SEGURA
LA SECRETARIA
ABG. YOSAIRA PACHECO