En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de nulidad de acto administrativo, interpuesto en contra de la Providencia administrativa Nº 00409, de fecha 11 de abril de 2016, emanada de la Inspectoría del Trabajo "PÍO TAMAYO", de Barquisimeto, Estado Lara, que declaró SIN LUGAR la solicitud de autorización de despido en el asunto Nº 005-2015-01-00349.
SEGUNDO: a los fines de restablecer la situación jurídica lesionada por la actividad administrativa, se declara CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN DE DESPIDO, incoada por la entidad de trabajo CARNES EL PAZO C.A -antes identificada-, contra el ciudadano EDUARDO ANTONIO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18......