Por las razonamientos antes expuestos, éste TRIBUNAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decide, HOMOLOGAR LA CONCILIACION propuesta por las partes y se le suspende el proceso a prueba POR EL LAPSO de Seis (06) Meses los cuales vencen el 11-12-2009 a favor de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA , con las siguientes condiciones a 1.- El adolescente se compromete a continuar residiendo en su morada habitual y en caso de cambio lo notificara al tribunal. 2.- El adolescente se comprometen a no portar, ocultar ni manipular armas de fuego, ni de ningún tipo con las que se pueda causar algún daño a si mismo o a terceras personas. 3.- El adolescente se compromete a abstenerse de consumir drogas, ni cualquier otra sustancia nociva que atente contra su salud física y mental. 4.- El adolescente se compromete a continuar incorporado al sistema educativo y/o laboral y presentar constancia de las mismas al tribunal. 5.- El adolesc.....