En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara con lugar la solicitud de suspensión de efectos, solicitada por la SOCIEDAD MERCANTIL C. A. ELECTRICIDAD DE OCCIDENTE ELEOCCIDENTE, (HOY CADAFE), a través de su apoderada judicial MARBELLIS ARIAS MENDOZA, en consecuencia se ordena suspender los efectos del acto administrativo contenido en la certificación N° 013/08, de fecha 21 de Enero 2008, emanada del Instituto Nacional De Prevención, Salud y Seguridad Laboral, específicamente de la Dirección Estadal De Salud, de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy, hasta tanto se tenga sentencia definitiva en el juicio principal.