Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la falta de Agotamiento de la Vía Administrativa, SIN LUGAR la Falta de Caución o Fianza para intentar la demanda, alegadas por la demandada. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por Cobro de Indemnizaciones derivadas de Accidente de Trabajo incoada por el ciudadano JORGE MENDEZ GARBATI, contra la FUNDACIÓN DE ALIMENTOS SOLIDARIOS DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS (FUNAS) ahora FUNFACIÓN DE DESARROLLO ENDÓGENO DE COOPERATIVAS ALIMENTARIAS DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS (FUNDECA), plenamente identificados en autos. TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.