Por las razones antes expuestas, es por lo que este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 29 de abril del año 2013, por el abogado GUSTAVO BOADA CHACON, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDUARDO ENRIQUE REYES HERRERA, contra la sentencia definitiva dictada el 29 de abril de 2013, por el Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda por COBRO DE BOLIVARES Y COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoada por el ciudadano EDUARDO ENRIQUE REYES HERRERA, asistido por la abogada MINERVA CEDEÑO GUEVARA, contra la sociedad mercantil ADMINISTRACION DE SERVICIOS DE SALUD LAS 24 HORAS, C.A..- SEGUNDO: LA NULIDAD de.....