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Decisiones del dia 15/07/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de Municipio Noveno Ejecutor de Medidas
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 0330-12 N° Sentencia : Fecha: 15/07/2013
Procedimiento:
Resolución De Contrato
Partes:
DEMANDANTE: NUEVO MUNDO BANCO COMERCIAL, C.A. QUIEN CEDIÓ TODOS LOS DERECHOS LITIGIOSOS A INMOBILIARIA PORTO BELLO, C.A. DEMANDADO: CORPORACIÓN M.S.B., C.A., MANUEL SALGADO ALONSO, JOSÉ TOMAS TOLEDO SILVA, ALFREDO VICENTE BENCOMO FAGUNDEZ Y PABLO GIL GONZÁLEZ, EN SU CARÁCTER DE FIADORES SOLIDARIOS.
Resumen:
Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Resolución de Contrato de Línea de Crédito incoada por la Sociedad Mercantil NUEVO MUNDO BANCO COMERCIAL, C.A., quien cedió todos los derechos litigiosos a INMOBILIARIA PORTO BELLO, C.A. en contra de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN M.S.B., C.A., (antes denominada Multiservicios M.S.B. 902, C.A.) en la persona de sus directores MANUEL SALGADO ALONSO y JOSÉ TOMÁS SOLERO SILVA y a los ciudadanos ALFREDO VICENTE BENCOMO FAGUNDEZ y PABLO GIL GONZÁLEZ, en su carácter de fiadores solidarios. En consecuencia, SE CONDENA a los demandados a cancelar el pago de DIECINUEVE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 19.000.000,00), hoy en día DIECINUEVE MIL BOLÍVARES ( Bs. 19.000,oo) que como cantidad líquida y exigible le adeuda a la parte actora; es por ello que SE ORDENA efectuar experticia complementaria del fallo, a los fines de actualizar el monto antes identificado, partiéndose para tal indexación desde la fecha de admisión de la demanda: 03 de junio de .....
Juez/Ponente:
Adelaida Silva Morales
Organo:
Juzgado de Municipio Noveno Ejecutor de Medidas
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N° Expediente : 0353-12 N° Sentencia : Fecha: 15/07/2013
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
DEMANDANTE: JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL PROPATRIA. DEMANDADO: RÓMULO LÓPEZ SONO
Resumen:
Se declaró CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN intentado por el ciudadano RÓMULO LÓPEZ SONO, en contra del fallo dictado en fecha 04 de junio de 2002, por el Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se modifica la sentencia apelada en los siguientes términos: 1. SIN LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD ACTIVA alegada por el demandado RÓMULO LÓPEZ SONO. 2. PARCIALMENTE CON LUGAR la DEMANDA DE COBRO DE BOLÍVARES propuesta por la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL PROPATRIA, en contra del ciudadano RÓMULO LÓPEZ SONO, ambas partes suficientemente identificadas al inicio del presente fallo. 3. Se CONDENA al demandado a pagar la cantidad de UN MILLÓN CIENTO DIECIOCHO MIL SETECIENTOS VEINTISÉIS BOLÍVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS (Bs. 1.118.726,80), hoy día UN MIL CIENTO DIECIOCHO BOLÍVARES CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 1.118,72), correspondientes a las cuotas de condominios vencidas y no pagadas desde los meses de septiembre de.....
Juez/Ponente:
Adelaida Silva Morales
Organo:
Juzgado de Municipio Noveno Ejecutor de Medidas
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