este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por la competencia establecida en el Artículo 177 Literal "C" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños y Adolescentes y a tenor de lo previsto en los artículos 7, 8, 177, 375, 385, 386 y 470 ejusdem, en concordancia con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente según lo dispuesto en el artículo 452 de la Ley Especial, HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento de Restitución de Responsabilidad de Custodia, intentado por la ciudadana ANA ESTEFANIA ESCALONA BETANCOURT, en contra del ciudadano NESTOR JOSE SIRA SANCHEZ, ambos ya identificados. Asimismo, se Homologa el acuerdo de Régimen de Convivencia Familiar celebrado por los referidos ciudadanos y .....