Seguidamente, este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara formalmente SECUESTRADO, el inmueble conformado por un Local Comercial, signado con el No. 07 del primer nivel del Centro Comercial Milano, situado en la calle 72 entre avenidas 13 y 13A, en jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con Local No. 8; SUR: Con fachada sur; ESTE: Con pasillo peatonal de acceso; y OESTE: Con fachada Oeste, haciendo formal entrega del mismo a la secuestrataria judicial designada por el juzgado de la causa, ciudadana ANDREA GARCIA AZUERO, antes identificada, representada en este acto por su Apoderada Judicial, Ab.....