...De esta manera, el articulo 340 del Código de Procedimiento Civil al precisar taxativamente las menciones que debe contener el libelo de demanda establece en sus numerales 2º, 4º y 5º que el libelo de la demanda deberá expresar, el nombre, apellido y domicilio del demandado y el carácter con el que actúa; deberá expresar el objeto de la pretensión, así como la relación de los hechos y los fundamentos de derecho en que se base la pretensión, con las pertinentes conclusiones, como resultado de lo anotado se observa que existe una inconsistencia en el escrito bajo examen. En consecuencia, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda