Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en el juicio incoado por las ciudadanas LUDY MARINA ARVELO DE ANGULO, MARIA JESUS OREJANA SASTRE y BRIZEIDA JOSEFINA ROSAS DE SIFONTES contra la entidad de trabajo C.A. METRO DE CARACAS, por DIFERENCIA DE PENSION Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, en virtud de la incomparecencia de las demandantes, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la audiencia de juicio fijada para el día 08 de julio de 2022 a las 9:00am. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, de conformidad con el artículo 109 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. TERCERO: No hay especial co.....