De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la Acusación presentada por el Ministerio Publico, en contra de los ciudadanos 1) -CESAR JESUS BARRIOS VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16,795.957; 3) YANETH ROSIRIS ALVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.609.899; 4) ANAEL ADALBERTO NEGRETE AGUERO, titular de la cédula de identidad Nº 7.129.808. INDOMAR SMITH BARRIOS VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 23.904.827.
4.- Ordenó la apertura a juicio oral y publico en la presente causa, a tenor de lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, previa imposición al acusado del precepto constitucional inserto en el ordinal 5° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela así como de las medidas alternativas a la prosecución del proceso y del procedimiento especial por admisión de hechos, de los cuales los mismos no quisieron hacer uso prefi.....