PRIMERO: ADMITE LOS RECURSOS DE APELACIÓN DE AUTOS el primero interpuesto
por la profesional del derecho WENDY RIVAS PEREZ, actuando con el carácter de
defensora privada del ciudadano PEDRO ANTONIO CHOURIO MEDINA; y el segundo
incoado por el profesional del derecho JESÚS ANTONIO RIPOLL, actuando con el carácter
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de defensor privado del ciudadano JESÚS ANTONIO RIPOLL PEROZO, ambos presentados
contra la decisión 584-21 de fecha veintidós (22) de Agosto de 2021, dictada por el Juzgado
Noveno (9°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del
estado Zulia, dictada con ocasión a la celebración de la audiencia de presentación, de
conformidad con el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal
SEGUNDO: ADMITE LAS PRUEBAS ofertadas por el recurrente del segundo recurso, por
cuanto las mismas se tratan de pruebas documentales cuya utilidad y pertinencia pueden ser
corroborada directamente cuando se resuelva el presente recurso, considerando esta Sa.....