este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, especialmente por el aparte único del Artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la conversión de esta separación en DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los Ciudadanos JUAN CARLOS ALVARADO y FRANCIS SUGADELYS PEREZ MORILLO por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Guarico del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha: 08 de Julio del 2007, anotado bajo el Nº 24, del Libro de Registro Civil de Matrimonios.