En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PERDIDA DE INTERÈS, en la demanda intentada por la ciudadana Luisa de Ronca, titular de la cedula de identidad Nº V-7.257.976, en su carácter de Vice-presidente de HOTEL TURISTICO LA BARRACA, S.R.L, asistida por la abogada María Alejandra Sarmiento Maldonado inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 122.959, plenamente identificada.