administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación interpuesto por los Profesionales del Derecho Maria Gabriela Segovia y Luis Enrique Petit, procediendo en su condición de defensor del acusado Lisandro Ramón Jaramillo Cabello, contra la decisión de fecha 13 de junio del 2012, dictado por el Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: En consecuencia se decreta la nulidad de la decisión de fecha 13 de junio del 2012, dictado por el Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, por INMOTIVADO, de conformidad con lo establecido en los artículos 190 y 173 de la ley adjetiva penal, así como la audiencia de fecha 09 de febrero del 2012, que dio lugar al dictamen de dicho auto, reponiendo la causa de conformidad con lo establecido en el Art. 195 ejusdem, a la oportunidad en que se celebre la audiencia aquí anulada, y se resuelva lo planteado, por un Juez distinto, con pre.....