Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la querella de amparo interdictal posesorio incoada por JOSÉ ANTONIO PÉREZ, ADA IRKIS GÓMEZ DE CUATER, JOSÉ PINO BRICEÑO GARCÍA, JOSÉ LUIS BRICEÑO, MARÍA TRINIDAD GÓMEZ, JOSÉ BELEN BUSTAMANTE, MILAGRO COROMOTO GÓMEZ SALAZAR, CLIVER ALEXANDER CUATER MACHADO, YOHANA MILEIDY MOLINA POSADA, HUMBERTO LUIS NIETO ECHEVERRI, JOSÉ GREGORIO GÓMEZ y CARLOS STALYN COELLO LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 9.691.354; 7.972.878; 9.165.505; 11.798.261; 7.972.879; 9.363.799; 4.985.065; 11.813.984; 20.193.034; 11.524.820; 12.351.751 y 15.581.668, respectivamente contra el ciudadano GEORGES AL HADDAD, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de.....